viernes, 26 de noviembre de 2010

Diputados evitó derogar por ley las jubilaciones de privilegio

Lo propuso el diputado Alberto Simón, pero no tuvo acompañamiento de sus compañeros de la comisión de Legislación del Trabajo. La excusa: eliminar esa ley, a la que recurren numerosos jueces para ajustar haberes de los pasivos legislativos, podría aumentar los juicios.

La excusa: "evitar juicios".

Un grupo de diputados evitó que se deroguen las jubilaciones de privilegio. Se trata de una iniciativa para eliminar la Ley 4756 que permite a los ex legisladores retirarse con sólo 25 años de aportes, sin límite de edad y con un haber sustancioso, que el diputado Ramón Alberto Simón propuso derogar.

En la última sesión ordinaria de la Cámara baja, se dio media sanción a un proyecto de ley para reformar 5 artículos de la norma que regula el sistema jubilatorio. El último punto de la propuesta firmada por Simón y los integrantes del Bloque Liberal proponía ratificar total y absolutamente la Ley 4756, que otorga los privilegios a los legisladores retirados.

Sin embargo, al analizar la propuesta la Comisión de Legislación del Trabajo, Salud Pública y Desarrollo Social, decidió tachar ese artículo. El grupo de trabajo lo preside María Isabel “Marly” Brisco (PA) y lo integran Simón, Carlos Rubín (PJ), Rufino Fernández (Proyecto Corrientes) y Osvaldo Fagetti (UCR).

La excusa que pusieron para evitar que prospere el tiro de gracia a los privilegios fue que la última Intervención Federal, mediante los decretos ley 20 y 22 con los que instauró un nuevo régimen jubilatorio, -norma muerta-, que sin embargo es aplicada con plena vigencia en los juicios de ajustes a los que recurren en forma habitual los ex diputados y senadores.

Para los miembros de la comisión de Legislación del Trabajo, volver a emitir una pauta legal derogando la ley de jubilaciones de privilegio como oportunamente intentó hacerlo la Intervención Federal, generaría un desfasaje de normas que habilitaría la apertura de nuevos juicios. El objetivo, al parecer, es evitar que las jubilaciones sigan siendo motor de litigiosidad en los tribunales, donde casi siempre el perdedor es el Estado, que de manera habitual debe reajustar haberes y asumir costas.

Lo concreto del caso es que las jubilaciones de privilegio son fácilmente aplicable y según la jurisprudencia que se forjó con los precedentes de los juzgados correntinos, de modo muy sencillo. Los beneficios, además de la orden de una redeterminación del haber inicial para equipararlo a los actuales sueldos legislativos, hace que los ex diputados y senadores puedan acceder a una jubilación con acreditar 25 años de aportes y sin importar la edad.

El resto de los trabajadores deben acreditar al menos 30 años de aportes al Instituto de Previsión Social (IPS) y tener, los hombres 65 años y las mujeres 60.

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